La Justicia frenó el nuevo sistema de comedores escolares y ordenó garantizar alimentos saludables
Un fallo dictado este viernes hizo lugar al amparo presentado por familias, AGMER y la Fundación CAUCE contra el Gobierno de Entre Ríos. La resolución impide distribuir en las escuelas alimentos que tengan sellos de advertencia y exige a la Provincia presentar información nutricional, menúes, fichas técnicas y documentación vinculada con la contratación de Teknofood S.A.

La Justicia provincial hizo lugar este viernes 21 de agosto a una acción de amparo presentada por familias de estudiantes, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) y la Fundación CAUCE, y ordenó al Gobierno de Entre Ríos modificar aspectos centrales del nuevo esquema de provisión de alimentos para los comedores escolares.
La resolución corresponde al Legajo N.º 36759, caratulado "Varios padres en representación de sus hijos, Asociación Gremial AGMER y Fundación CAUCE c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Acción de Amparo".
El fallo establece que la Provincia deberá abstenerse de ofrecer, servir, entregar o distribuir en establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación alimentos que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias, de acuerdo con las disposiciones de la Ley N.º 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable.
La medida impacta directamente sobre el nuevo sistema centralizado de provisión y distribución de alimentos adjudicado a Teknofood S.A., que el Gobierno provincial había impulsado para los comedores escolares.
La acción judicial fue promovida por padres y madres en representación de sus hijos, estudiantes de distintas escuelas públicas de la provincia, y contó con el patrocinio de los abogados María Aldana Sasia y Rubén Alberto Pagliotto.
A la presentación se sumaron AGMER, representada por su apoderada legal Verónica Fischbach, y la Fundación CAUCE, representada por la abogada Valeria Inés Enderle.
Los amparistas cuestionaron el cambio en el modelo de funcionamiento de los comedores y plantearon que la incorporación de alimentos industrializados y ultraprocesados podía implicar un retroceso en el derecho de niños, niñas y adolescentes a una alimentación adecuada.
La demanda se originó a partir del nuevo esquema autorizado mediante el Decreto N.º 852/2026, que habilitó la contratación centralizada para la provisión y distribución de alimentos no perecederos destinados a los ciclos lectivos 2026 y 2027, con posibilidad de prórroga para 2028.
Según argumentaron los demandantes, el sistema modificó un modelo basado en la compra descentralizada de alimentos frescos en las propias comunidades, como frutas, verduras, carnes y lácteos. Ese mecanismo, señalaron, también permitía la participación de cooperadoras, cocineras y otros actores de cada comunidad educativa, además de favorecer a comercios y productores locales.
Uno de los principales cuestionamientos estuvo dirigido a determinados productos que formarían parte de las raciones previstas para los establecimientos educativos.
Los amparistas señalaron que algunos productos analizados, entre ellos budines y galletitas, presentaban sellos octogonales negros de advertencia y una composición con elevados niveles de determinados ingredientes críticos.
También cuestionaron la existencia de fundamentos técnicos y nutricionales suficientes que justificaran la sustitución del modelo anterior por raciones industrializadas.
Para las familias y organizaciones que impulsaron la acción, el cambio no podía evaluarse únicamente desde una perspectiva administrativa o económica, debido a que la alimentación escolar constituye un componente esencial de las políticas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes.
Qué ordenó la Justicia
Además de prohibir la distribución de alimentos con sellos de advertencia, la resolución establece una serie de obligaciones para el Gobierno provincial.
Entre ellas, deberá presentar los menúes completos, diferenciados según las edades y niveles educativos, junto con los rótulos vigentes, tablas nutricionales, fichas técnicas y registros sanitarios correspondientes a los productos.
También tendrá que acreditar los informes profesionales y evaluaciones nutricionales utilizados para fundamentar la contratación y explicar los criterios empleados para determinar la frecuencia de consumo de los alimentos y las razones por las cuales se modificaron o excluyeron determinadas pautas para las diferentes franjas etarias.
El fallo exige además la remisión de la documentación administrativa vinculada con la licitación pública, incluidos los pliegos, actuaciones y actos de adjudicación relacionados con la provisión de alimentos.
La Provincia deberá, asimismo, adecuar la prestación alimentaria a las disposiciones de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y a las Guías Alimentarias para la Población Argentina, reemplazando los productos cuestionados y garantizando que el servicio de comedor no se interrumpa.
Uno de los aspectos centrales de la resolución está relacionado con el principio de no regresividad en materia de derechos.
El tribunal consideró que la alimentación que reciben los estudiantes en las escuelas tiene una importancia particularmente significativa para aquellos niños y adolescentes pertenecientes a hogares donde la comida escolar puede representar una parte fundamental de la alimentación diaria.
En ese sentido, la sentencia vinculó la calidad de los alimentos con aspectos relacionados con la salud, el desarrollo y el desempeño educativo.
El fallo también sostuvo que las eventuales irregularidades que pudieran haber existido en el sistema anterior deben ser investigadas y, en caso de corresponder, sancionadas por las vías administrativas o judiciales pertinentes. Sin embargo, esas situaciones no justificarían por sí mismas una reducción del estándar de protección alimentaria.
La decisión judicial representa un nuevo revés para el esquema impulsado por la gestión de Rogelio Frigerio, que había defendido la centralización del servicio como una herramienta para mejorar los controles, la logística y la distribución de los alimentos en los establecimientos educativos.
El conflicto había generado cuestionamientos desde distintos sectores políticos, sindicales y sociales. Legisladores del bloque justicialista habían solicitado explicaciones a la ministra de Desarrollo Humano, Verónica Berisso, y al director de Comedores, Lautaro Azzalini, mientras que otros sectores también habían expresado reparos sobre el impacto del nuevo sistema en la producción y el comercio entrerrianos.
Ahora, la resolución judicial obliga a la administración provincial a revisar la implementación del esquema y a garantizar que los alimentos distribuidos en las escuelas cumplan con las normas vigentes sobre alimentación saludable.
El fallo abre así una nueva etapa en la discusión sobre el funcionamiento de los comedores escolares entrerrianos, donde el debate ya no pasa solamente por quién provee los alimentos o cómo se organiza la distribución, sino también por qué calidad nutricional debe garantizar el Estado y cuáles son los criterios que deben fundamentar las políticas alimentarias destinadas a los estudiantes.
FUENTE: Análisis Digital





























